Se rumorea zumbido en trabajo de investigacion de accidentes de trabajo
Artículo 484 Para determinar las indemnizaciones a que se refiere este Título, se tomará como saco el salario diario que perciba el trabajador al ocurrir el riesgo y los aumentos posteriores que correspondan al empleo que desempeñaba, hasta que se determine el cargo de la incapacidad, el de la fecha en que se produzca la muerte o el que percib�